Desde Aldalan, ya que una de nuestras labores es la gestión de prácticas nos hemos estado informando de la nueva normativa que ha salido este mismo, sobre el alta en la seguridad social a los/as becarios/as.
Hacemos un pequeño resumen de las ideas principales que hemos extraído desde nuestro departamento de gestión de prácticas, y simpre está bien contrastarlas.
Hay un cambio normativo por el cual desde noviembre de 2011 hay que dar de alta en la seguridad social a los/as Becarios/as que estén en una empresa mediante un acuerdo de colaboración con la Universidad o Centro de formación y tengan una remuneración, por pequeña que esta sea.
Hay que formular un contrato de Formación y cotizar aproximadamente 40EUR.
Desde Aldalan gestionamos convenios de colaboración no laborales sin «ataduras» de una remuneración económica por parte de la empresa. Por lo tanto en estos casos, no hay que dar de alta al alumno /a en prácticas. Por lo tanto continuamos con el mismo procedemiento, un convenio en prácticas no laboral y un seguro que puede correr a cargo de la empresa o del centro, que oscila en 50 EUR aproximadamente por la totalidad de las prácticas.
Por lo tanto a las gestiones que hasta día de hoy desarrollamos en las prácticas no se aplica esta normativa, ya que no hay una remuneración al alumno/a en este sentido por parte de la empresa.
Cualquier duda o cuestión: administracion@aldalan.com – 944069626